200 Preguntas-Respuestas sobre el Covid-19 en el ámbito laboral, fiscal, mercantil y familiar

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17/04/2020.- El documento "200 Preguntas-Respuestas sobre el Covid-19" hace un planteamiento práctico de las cuestiones que surgen acerca de la situación laboral en la que nos encontramos, aportando respuestas que ayuden a despejar las dudas planteadas por los millones de empleados en activo afectados por la crisis sanitaria.

Dudas como la declaración del estado de alarma abren un inesperado panorama laboral en el que aparecen el ERE y el ERTE, la suspensión o reducción de jornada, el permiso retribuido obligatorio, la obligación de coger vacaciones o la reducción de jornada por fuerza mayor impuesta por el empresario.

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200 Preguntas-Respuestas sobre el Covid-19

RDL 10/2020 Criterios de aplicación y modelo de declaración responsable (Orden SND/307/2020, 30 de marzo)

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2/04/2020.- El Gobierno ha emitido una orden ministerial con la que se establecen los criterios interpretativos del Real Decreto-ley 10/2020 (prórroga del estado de alarma) y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.

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RDL 10/2020 Criterios de aplicación y modelo de declaración responsable

(Orden SND/307/2020, 30 de marzo)

Medidas adicionales para reducir la movilidad de la población y ayudar a contener el avance del COVID-19 (RDL-10/2020)

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31/03/2020.- El RDL 10/2020 tras el Consejo de Ministros de urgencia celebrado el domingo 29 de marzo, adopta medidas adicionales para reducir la movilidad de la población y ayudar a contener el avance del COVID-19.

De carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos), el permiso retribuido recuperable es para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado, y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el RD 463/2020.

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Medidas adicionales para reducir la movilidad de la población

y ayudar a contener el avance del COVID-19 (RDL-10/2020)

Prórroga del estado de alarma hasta el 12 de abril de 2020. Medidas complementarias en el ámbito laboral

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31/03/2020.- El importante volumen de ERTEs presentados desde la declaración del estado de alarma hace que el Gobierno dicte una serie de medidas mediante el RDL 9/2020, de 27 de marzo, entre las que destaca la imposibilidad de utilizar la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción debidas al coronavirus para despedir mientras dure el estado de alarma.

Asimismo se complementan y detallan algunas de las medidas previstas, en lo atinente a la tramitación de los ERTEs, que se iniciarán mediante una solicitud colectiva presentada por la empresa ante la entidad gestora de las prestaciones por desempleo, actuando en representación de aquellas.

La duración de los ERTEs al amparo del art. 22 RDL 8/2020, de 17 de marzo, no podrá extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19. Los ERTEs serán revisados de oficio y aquellos que contengan falsedades o incorrecciones en los datos, incluyendo la falta de causa o la falta de necesidad del ERTE, darán lugar a sanciones

Respecto a los contratos temporales se establece la interrupción del cómputo de la duración de los mismos que, ante dicha circunstancia, no pueden alcanzar el objeto para el que fueron suscritos.

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Prórroga del estado de alarma hasta el 12 de abril de 2020

Medidas complementarias en el ámbito laboral

Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo

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24/03/2020.- En el dossier se detallan las medidas de flexibilización de los requisitos para acceder a la prestación por desempleo derivadas de la suspensión o la reducción de jornada por ERTE como consecuencia del coronavirus, aprobadas en el Consejo de Ministros del pasado 17 de marzo, en el artículo 25 del Real Decreto Ley 8/2020.

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Medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo

El 3 de dic. 2018 se abrió el plazo para solicitar la devolución de las prestaciones por maternidad y paternidad a la Agencia Tributaria

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04/12/2018.- Desde ayer, 3 de diciembre de 2018, se puede solicitar la devolución de las prestaciones por maternidad y paternidad a la Agencia Tributaria.

Se ha habilitado un formulario específico para facilitar la solicitud de los años 2014 y 2015, disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará, en su caso, la devolución que proceda.

En enero de 2019 estará disponible el formulario que permitirá solicitar la rectificación de las declaraciones de los años 2016 y 2017. Es importante solicitarlo en este mes de diciembre de 2018, porque si no podrían decir que el 2014 estaría prescrito.

No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.

Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, que adjuntamos en pdf, pero es más rápido si se pide telemáticamente.

Formulario Solicitud

Por otro lado, si la prestación se ha percibido durante dos años distintos —por ejemplo, desde diciembre de 2014 hasta marzo de 2015—, habrá que marcar ambos años. Si, por otro lado, se ha percibido entre 2015 y 2016, de momento solo se podrá pedir la devolución de las cantidades de 2015 y en enero del próximo año las de 2016 y 2017.